¿Qué se puede cobrar ante ADRES?
Ante ADRES pueden reclamarse valores derivados de:
- Accidentes de tránsito con vehículos no asegurados o no identificados
- Eventos catastróficos
- Servicios y tecnologías en salud NO PBS, cuando proceda conforme a la normativa aplicable
- Reclamaciones derivadas de glosas o inconsistencias técnicas
Ruta recomendada para maximizar el recaudo
- Consolidación de expediente: radicación completa, soportes clínicos y administrativos debidamente organizados.
- Respuesta técnica a objeciones: análisis jurídico y técnico frente a glosas o negaciones.
- Seguimiento estructurado: control de términos y gestión hasta decisión administrativa.
- Ruta jurídica: si existe negación injustificada, se activa la vía correspondiente ante la instancia competente.
Enfoque estratégico
El éxito en reclamaciones ante ADRES depende de la calidad documental, la precisión técnica y la capacidad de escalar el caso jurídicamente cuando la respuesta administrativa no es favorable.
